Les informamos de un incremento en las comprobaciones limitadas de impuestos como el IVA por parte de la Agencia Tributaria de forma indiscriminada.
Dichas comprobaciones tienen por objeto revisar los libros registros obligatorios del IVA sin que exista a priori ninguna incidencia relevante que suponga el inicio de estos procedimientos de comprobación. También se está intensificando el control sobre los módulos.
Existe el temor de que estas comprobaciones se estén realizando con un afán meramente recaudatorio, lo que tergiversaría el objetivo real de éste procedimiento administrativo.
La comprobación limitada es un procedimiento actualmente demoledor, es un híbrido entre una inspección y un procedimiento de control pero con una finalidad eminentemente recaudatoria. Es sencillo para la Administración, poco garantista y con un enfoque formalista que produce resultados muy adversos de forma injusta.
Cuenta con un exceso de formalidad con plazos muy cortos que atenta los más elementales principios de seguridad jurídica y justo reparto de la carga tributaria. Es muy extendido y con una clara suplantación de funciones de los órganos de inspección para favorecer la recaudación.
Hay que destacar que lo más importante es que si uno incumple los plazos para llevar la documentación necesaria, luego ya no la puedes aportar por mucha razón que se tenga.